POR LA CUAL SE EFECTÚA EMPLAZAMIENTO DENTRO DEL PROGRAMA DE TITULACIÓN BAJO LA MODALIDAD DE CESIÓN A TÍTULO GRATUITO EN EL MUNICIPIO DE REMEDIOS, ANTIOQUIA.
EL MUNICIPIO DE REMEDIOS
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las determinadas en el artículo 277 de la Ley 1955 de 2019, Ley 2044 de 2020, el Decreto 523 de 2021, y a lo dispuesto en el adoptado Acuerdo Municipal 014 del 10 de julio del 2024 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia dispone:
"Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda."
Que el artículo 277 de la Ley 1955 de 2019, reglamentado por el Decreto 523 de 2021 dispone:
Cesión a título gratuito o enajenación de dominio de bienes fiscales. Las entidades públicas podrán transferir mediante cesión a título gratuito la propiedad de los bienes inmuebles fiscales o la porción de ellos, ocupados ilegalmente con mejoras y/o construcciones de destinación económica habitacional, siempre y cuando la ocupación ilegal haya sido efectuada por un hogar que cumpla con las condiciones para ser beneficiario del subsidio de vivienda de interés social y haya ocurrido de manera ininterrumpida con mínimo diez (1 O) años de anterioridad al inicio del procedimiento administrativo. La cesión gratuita se efectuará mediante resolución administrativa, la cual constituirá título de dominio y una vez inscrita en la correspondiente Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, será plena prueba de la propiedad.
Que en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 2.1.2.2.2.7 del Decreto 523 de 2021, se relacionan en el presente acto administrativo, las personas que resultaron beneficiadas.