La Secretaría de Hacienda, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 826 del Estatuto Tributario Nacional, el Decreto 07 de 2026 (Reglamento Interno de Recaudo de Cartera del Municipio de Remedios), y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 69, Capítulo V, Título 111 de la Ley 1437 de 2011, se permite comunicar que dentro de los actos administrativos que a continuación se indican no fue posible realizar la notificación personal, razón por la cual se procede a notificar por aviso el Mandamiento de Pago dentro del proceso de Cobro Administrativo Coactivo iniciado en contra de las personas que se relacionan, por concepto de Impuesto de Industria y Comercio.
Se advierte que el ejecutado deberá cancelar el total adeudado, más los intereses generados desde el momento en que se hizo exigible la obligación hasta la fecha en que se verifique el pago, así como las costas del proceso si llegaren a causarse.
Igualmente, se informa al deudor que dispone de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales que estime pertinentes, conforme a lo establecido en el artículo 830 y siguientes del Estatuto Tributario.
La presente notificación se entenderá surtida el día siguiente a la fecha de fijación del presente aviso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 568 del Estatuto Tributario.
En consecuencia, se fija el presente aviso en lugar público y visible, por el término legal correspondiente.
Se anexa copia íntegra de los actos administrativos que se notifican mediante el presente aviso.
Para efectos de notificación de las anteriores comunicaciones, se fija el presente aviso en la página web oficial del Municipio de Remedios y en un lugar visible y público de la Secretaría de Hacienda, por el término de cinco (05) días hábiles, a partir del día doce (19) de febrero de 2026, y se desfija el día dieciocho (25) de febrero de 2026.
La notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del presente aviso, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 568 del Estatuto Tributario.